Según el INFORME de fecha 21 de julio de 2010 R.E. 2265 de la Secretaria del Ayuntamiento, Maria Eugenia Barril Vicente, informa del incumplimiento por parte de Ramón Regueiras de la ejecución de la sentencia 1936 del Tribunal Superior de Justicia, que como sabes es firme desde el 28 de octubre de 2009, y se queja por la ocultación de información del Ayuntamiento e impedimento para el ejercicio de sus funciones como Secretaria del Ayuntamiento. Este informe esta dirigido a la persona que continua usurpando el puesto de Alcalde, RamónRegueiras.
En dicho informe, la Secretaria, considera otras cuestiones “en cumplimiento de la legislación vigente………………..deberá incluir el asunto relativo a la sentencia de TSJM…………los asuntos a tratar en el próximo Pleno ordinario a celebrar el ultimo jueves de este mes de julio, al objeto de que el Pleno en virtud de su derecho declarado en la STSJ(según palabras del letrado, pag.3) ejerza la potestad para decidir como debe actuar”.
Mediante NOTA INTERNA, Ramón Regueiras en un puro ejercicio de despotismo, mala educación, grosería y graves acusaciones carga contra la Secretaria del Ayuntamiento, Maria Eugenia Barril.
Como prueba que desmonta las mentiras y falsedades continuas que Ramón Regueiras se dedica a propagar para mantenerse en el puesto que no le corresponde, se ha dictado una PROVIDENCIA del Tribunal Supremo de fecha 5 de febrero del 2010 que en su párrafo tercero dice” No ha lugar a la suspensión de la ejecución de la sentencia interesada por la representación de la parte recurrente………….”. Es decir que NUNCA ha perdido su firmeza la sentencia por la que Ramón Regueiras no es Alcalde y demuestra lo mentiroso que es cuando dice en la NOTA INTERNA dirigida a la Secretaria María Eugenia Barril que la sentencia ha perdido su firmeza.
Si tienes interes en todos los documentos citados, dame tu correo y te los enviare.
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